Si la Empresa Provincial de la Energía deja acumular una deuda durante más de SEIS (6) meses sin reclamarla correctamente, ya no podrá cortar el suministro por esa deuda. La obligación podrá seguir existiendo, pero no podrá usarse el corte de luz como mecanismo de presión.
La EPE tendrá la obligación de probar: cuánto se debe; de qué período es la deuda; si hubo intimaciones; y si realmente nunca fue pagada.
Ya no alcanzará solamente con que “el sistema diga que existe deuda”.
La ley protege a quienes pagaron mediante: homebanking; Mercado Pago; billeteras virtuales; apps bancarias; transferencias; débito automático.
Si el usuario ya no tiene comprobantes digitales antiguos, la empresa deberá contar con el historial completo y trazable de pagos.
Si existe: un reclamo pendiente; un error administrativo; un pago mal imputado; o dudas sobre la deuda; la empresa no podrá suspender el servicio hasta resolver correctamente la situación.
Cada usuario podrá exigir gratuitamente una auditoría completa de: pagos; deuda; ni intereses; consumos; historial de facturación.
Mientras la auditoría esté abierta, no podrá ejecutarse el corte.
La EPE estará obligada a notificar mediante distintos canales: SMS; correo electrónico; WhatsApp; notificación física; medios digitales verificables.
Sin notificación válida, no podrá realizarse la suspensión.
La ley reconoce que hoy la electricidad es indispensable para: vivir; cocinar; estudiar; trabajar; conservar alimentos; calefaccionarse; acceder a tratamientos médicos.
Por eso el corte no podrá utilizarse de forma abusiva o desproporcionada.
Quedarán especialmente protegidos frente a cortes: jubilados vulnerables; electrodependientes; personas con discapacidad; hogares con menores; personas enfermas; familias en situación crítica.
Si la empresa corta la luz por una deuda: falsa; inexistente; ya pagada; mal registrada; o producto de un error administrativo; el usuario podrá reclamar una indemnización de hasta DIEZ (10) veces el monto reclamado indebidamente, además de otros daños y perjuicios.
Cuando el corte sea indebido, la empresa deberá reconectar el servicio de forma inmediata, prioritaria y sin cobrar costos de reconexión.
La EPE deberá conservar durante 10 años: pagos; facturas; intereses; reclamos; consumos; refinanciaciones; intimaciones.
Toda esa información deberá estar disponible gratuitamente para el usuario.
El objetivo central del proyecto es impedir que: errores del sistema; desorganización administrativa; reclamos tardíos; o fallas tecnológicas; terminen perjudicando a los ciudadanos con cortes arbitrarios de un servicio esencial.